El Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) informa a todas las empresas que, en cumplimiento a lo dispuesto en la ley Nº 21.425; el decreto 95/2022, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y la resolución exenta triministerial N°4820/2023, habilitó desde el 2 de septiembre de 2024 la página web del trámite para la elaboración y aprobación del instructivo o procedimiento de trabajo para la carga, transporte y descarga de minerales y concentrados de minerales.
¿Qué implica este trámite? Este nuevo procedimiento tiene como objetivo principal impedir la caída de material durante el traslado de la carga como también la emisión de partículas al aire libre durante el transporte de dichos elementos, de acuerdo con las disposiciones del Decreto Nº 95 de 2022 y la normativa vigente.
¿Cómo se realiza? Las empresas pueden acceder a este trámite mediante Clave Única, facilitando así su cumplimiento y agilizando los procesos administrativos. El generador de la carga deberá presentar una propuesta de instructivo o procedimiento, la cual será revisada por Sernageomin en un plazo de 10 días hábiles. En caso de ser necesario, se solicitarán correcciones, y una vez aprobadas, se emitirá el correspondiente acto de formalización en un plazo de 20 días hábiles.
¿Qué documentos deben mantenerse? Una vez aprobado el procedimiento, deberá mantenerse una copia física del instructivo y del acto dictado por Sernageomin en la faena minera e instalaciones donde se realice la operación. Este documento estará sujeto a fiscalización por parte de Sernageomin. (Fuente: PortalMinero)